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Exigen a la Defensoría Penal Pública que termine con sus prácticas homo/transfóbicas

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Luego de que la entidad defendiera al asesino de una mujer trans, la iquiqueña Yuridia Pizarro, desconociendo y negando la identidad de género de la víctima. El Movilh envió un reclamo al defensor nacional, Carlos Mora Jano.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) envió una misiva al defensor nacional, Carlos Mora Jano, para expresarle su “máxima preocupación por el quehacer abiertamente transfóbico ejercido por la Defensoría Penal Pública (DPP) al actuar en representación” de Jhonatan Stiven Cañón Rodríguez, quien en junio del 2022 quitó la vida a la dirigente trans iquiqueña Yuridia Pizarro Torres.

La semana pasada los/as abogados/as defensore Daniel Huerta González y Cristina Rodríguez Álvarez pidieron y consiguieron anular ante la Corte de Apelaciones de Iquique una condena por femicidio dictada contra el asesino, alegando que Yuridia solo por ser trans no es mujer,  por lo cual se deberá haber un segundo juicio

¡El Movilh señaló a Mora Jano que  “nuestra organización entiende y respeta las acciones de la Defensoría Penal Pública para actuar en defensa de personas acusadas de delitos, pero ello en nada se relaciona con que desde vuestra entidad se incurra en abiertas prácticas discriminatorias, que desacreditan el tipo de pena que deben recibir las personas exclusivamente en razón de la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de las víctimas, todas categorías protegidas por la Ley Zamudio”.

A este se añade, redondeó el Movilh,  que el artículo 1 de la Ley de Identidad de Género establece expresamente  que “se entenderá por identidad de género la convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no con el sexo y nombre verificados en el acta de inscripción del nacimiento”.

“Pues bien la identidad de género de Yuridia corresponde a la de una mujer, no  a la de un hombre. Sin embargo, en unas de sus más odiosas defensas, los/as abogados/as Daniel Huerta González y Cristina Rodríguez Álvarez pidieron y consiguieron anular ante la Corte de Apelaciones de Iquique la condena por femicidio, alegando que Yuridia no es mujer, lo que constituye una evidente violación a los derechos humanos”, señaló el Movilh

El transfóbico argumento usado en el proceso por los mencionados abogados y por la DPP señaló que “ampliar el término mujer a una persona trans biológica y registralmente hombre, vulnera el principio de legalidad y tipicidad, materias ambas de derecho estricto y constitutivas de una garantía constitucional derivada del debido proceso”.

Para el Movilh “con tal argumento, la DPP ha pasado a convertirse, en el año 2023, en una de las instituciones más homo/transfóbicas de Chile, dejando un precedente nefasto para la calidad de vida y reparación que merecen las personas LGBTIQ+ en Chile”.

Por tanto el Movilh solicitó al Defensor nacional “adoptar medidas inmediatas para que en este caso la DPP desista de negar la identidad de hombre o mujer según las perciben las víctimas o victimarios, adoptar medidas inmediatas para que una violación a los derechos humanos de este tipo no vuelvan a ocurrir en el quehacer de los/as defensores/as y capacitar a todos/as los/as trabajadores de su institución en la igualdad, la no discriminación y los derechos humanos de las personas LGBTIQ+ en Chile”

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