Hito: TC declara admisible recurso contra artículo que considera a la homosexualidad como causal de divorcio culposo

El Movilh, que se hizo parte del proceso a través de un Amicus Curiae, valoró el avance, Esta será la tercera vez que el TC analizará el fondo del asunto.

 El Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que considerara contrario a la Carta Magna el artículo 54 de la Ley 19.947 sobre Matrimonio Civil, el cual establece a la homosexualidad como causal de divorcio culposo, hecho festejado por el Movilh.

“Estamos en presencia de un avance que, de llegar a buen puerto, reconocerá lo que venimos denunciando desde hace tres décadas: el divorcio culposo por homosexualidad es homofóbico y contrario a la igualdad ante la ley establecida en la Constitución, pues lo único que debe importar es la infidelidad, al margen de la orientación sexual de las personas. Esperamos que la futura sentencia de este proceso marque un antes y un después en los cambios que debe ir experimentando la ley de matrimonio en beneficio de la igualdad y  que nadie más recurra a este artículo para pedir el divorcio”, señaló el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

La decisión del TC tuvo lugar tras los alegatos que ocurrieron esta mañana y después de tener a la vista  diversos antecedentes, entre esos un Amicus Curiae presentado por la abogada del Movilh, Mónica Arias,  para defender la inconstitucionalidad del artículo 54 de la Ley de Matrimonio.

El análisis del TC tuvo lugar luego de que la jueza del Juzgado de Familia de Coquimbo, María Antonieta Santibáñez Rodríguez,  presentara el pasado 23 de junio un requerimiento de inaplicabilidad, el cual fue admitido a trámite el anterior 1 de julio por el TC.

El TC dio un plazo de 20 dias para que dicho Juzgado, al Congreso Nacional o el presidente de la República presenten observaciones o antecedentes.

El artículo 54 de la Ley de Matrimonio establece que “el divorcio podrá ser demandado por uno de los cónyuges” en caso de “atentando contra la vida o malos tratos graves”, “abandono”, “transgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad”, “condena de crímenes o delitos”, “alcoholismo o drogadicción” y “tentativa para prostituir al otro cónyuges o a los hijos”. En el mismo listado de causas de divorcio culposo se menciona a “la conducta homosexual”.

El Movilh recordó que en dos oportunidades previas el TC ha fallado contra  los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del mencionado artículo, lo cual podría cambiar con un nueva sentencia.

 

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