Valoran que canales de TV no transmitieran el Tedeum ecuménico ni el evangélico
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Se trata de un hecho inédito en la historia del país que fue resaltado por el Movilh.
El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) calificó hoy como “un hecho histórico para el Estado laico y para el respeto a las personas discriminadas, que los canales de televisión no transmitieran los Te Deum ecuménico, ni evangélico, un hecho inédito en Chile”.
De igual manera, el movimiento LGBTI valoró que los/as presidentes/as del Senado Carlos Montes, y de la Cámara de Diputados/as, Maya Fernández, así como los ediles de Quilicura, Juan Carlos Contreras; de Independencia, Gonzalo Durán; de Recoleta, Daniel Jadue, y de Cerro Navia, Mauro Tamayo, se marginarán del Te Deum evangélico.
A juicio del Movilh, con estas señales “la televisión y algunas autoridades están haciendo honor al verdadero respeto que merece, y siempre debió merecer, el Estado laico. Con estos gestos, se rechazan de manera clara y categórica los discursos de odio que año a año se transmiten desde las Catedrales contra las mujeres y las personas lesbianas, gays, bi, trans e intersex, así como los abusos de niños cometidos por sacerdotes católicos”.
El vocero del Movilh, Oscar Rementería, redondeó que “los jerarcas católicos y evangélicos han usado la religión y el nombre de Dios con fines políticos o electorales, abusando de la fe de los creyentes”.
El uso político de la Catedral Evangélica con fines electorales y de promoción del odio a la diversidad sexual, quedó en evidencia en agosto pasado con una sentencia del 25 Juzgado Civil de Santiago, que condenó a dicha instancia “por daño moral al Movilh”, tras una demanda presentada contra el presidente de Iglesias Evangélicas, Eduardo Durán Castro.
En la sentencia la Iglesia fue obligada a pagar 5 millones de pesos al Movilh, algo que aún no cumple, además de establecerse que en relación a dichos sobre la diversidad sexual y de género la Catedral Evangélica, no hacía uso de la libertad de culto.
Por el contrario se “refieren a aspectos de connotación pública, de carácter político y legislativo que no se relacionan con el contenido de la libertad de creencias”, dañando “la moral, honra y reputación del Movilh”, señaló la sentencia.
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