El Ministerio de Salud se ha caracterizado en los últimos años como uno de los más activos en la promoción de la no discriminación. Así es como actualizó normas sobre donaciones en bancos de sangre, emitió circulares para un trato libre de exclusiones a la población transexual en los servicios públicos y generó un protocolo que regula a nivel nacional los procedimientos de reasignación corporal a los que se someten personas con identidad de género diversa.
La práctica de varios centros de salud, públicos o privados, continúa sin embargo discriminando en diversos aspectos, mientras que faltan políticas. En ese sentido se propone:
- Que el Ministerio de Salud elabore una circular, instructivo o recomendación dirigida a todos los servicios de salud del país, tanto públicos como privados, donde inste a respetar a todo evento la ley 20.609, con especial mención al artículo 2 de la norma. En el instructivo se debe además precisar que en ningún documento o atención médica se dé cuenta o se indague sobre aspectos de la vida privada no vinculantes al tema abordado. Esto por cuanto, en algunos recintos se ha llegado al absurdo de reportar la orientación sexual de las personas.
- Generar un plan de asistencia gratuita para la población transexual, en cuanto a los procesos médicos de reasignación corporal. Este plan se viene trabajando desde hace años y el 2012 el Minsal comprometió su puesta en marcha para el 2013, pero ello aún no ocurre.
- Incorporar en la “Carta de Derechos y Deberes del Paciente” que se distribuye en los recintos de salud, el derecho a la no discriminación, pues éste quedó fuera de los afiches y cartillas que comenzaron a difundirse el 2012.
- Incorporar en toda política de salud focalizada hacia la mujer, la realidad de mujeres lesbianas, bisexuales o transexuales, no con el objetivo de visibilizar la orientación sexual o identidad de género de las personas, sino de responder a inquietudes o necesidades específicas del sector. El punto de inicio para tales efectos, podría ser un estudio sobre la materia, para la formulación posterior de líneas de promoción y protección social en salud de manera focalizada.