El Estado de Chile está obligado por su legislación interna y por sus acuerdos y compromisos internacionales a destinar recursos económicos e implementar medidas contra la discriminación, así como a derogar o modificar normas que se presten para exclusiones arbitrarias.
En este marco, a continuación se expone una serie de propuestas de aplicación y/o vigilancia de la Ley Antidiscriminación.
La implementación de políticas públicas y privadas contra la discriminación pueden ser abordadas desde cuatro aristas: la creación de una institucionalidad específica sobre la materia, las acciones a nivel ministerial, las medidas municipales y las acciones empresariales o sindicales.
La creación de las nuevas políticas, debe ir necesariamente acompañada de un proceso de evaluación y seguimiento de toda acción o programa contra la discriminación ya existente o futuro, de manera de garantizar que se cumpla y/o perfeccione.
Los nuevos ajustes deben llevarse a cabo en los siguientes ministerios o servicios:
- Institucionalidad contra la discriminación
- Institucionalidad contra la homofobia y la transfobia
- Ministerio del Interior y Seguridad Pública
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Ministerio de Defensa Nacional
- Ministerio Secretaría General de la Presidencia
- Ministerio Secretaría General de Gobierno
- Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
- Ministerio de Desarrollo Social
- Sernam
- Consejo de la Cultura y Las Artes